lunes, 22 de marzo de 2010

Acuerdo Salarial 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Año 2010 Bicentenario de la Revolución de Mayo
ACTA
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de febrero de 2010

En el marco de las reuniones de la Comisión Salarial y de Condiciones Laborales, y con la presencia de las siguientes organizaciones gremiales: ADEF, ADIA, ADEMYS, AMC, ASED, AMET, AEP, CAMYP, COMPROMISO, CPD, EDUCAES, SADOP, SEDEBA, SEDUCA, SUETRA, SUTECBA, UDA, UTE y luego de intensas deliberaciones, el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires formaliza la siguiente propuesta:

  1. Establecer un salario mínimo de $1.800 (pesos mil ochocientos), FONID incluído a partir del 1º de marzo de 2010.
  2. Establecer un salario mínimo de $1.900 (pesos mil novecientos), FONID incluído a partir del 1º de julio de 2010.
  3. Incrementar a partir del 1º de marzo del corriente año, el sueldo básico del cargo testigo de maestro de grado de jornada simple en la suma de $50 (pesos cincuenta) llevando el valor índice de 0.91542 a 0.96861.
  4. Incrementar a partir del 1º de julio del corriente año, el sueldo básico del cargo testigo de maestro de grado de jornada simple en la suma de $50 (pesos cincuenta) llevando el valor índice de 0.96861 a 1.02181.
  5. Incrementar a partir del 1º de noviembre del corriente año, el sueldo básico del cargo testigo de maestro de grado de jornada simple en la suma de $50 (pesos cincuenta), provenientes del Decreto 483/05 llevando el valor índice de 1.02181 a 1.07500.
  6. Incrementar a partir del 1º de diciembre del corriente año, el sueldo básico del cargo testigo de maestro de grado de jornada simple en la suma de $50 (pesos cincuenta) llevando el valor índice de 1.07500 a 1.12819.
  7. Incrementar el concepto 125 (Decreto 483/05) en una suma de $75 (pesos setenta y cinco) remunerativa y bonificable a partir del 1º de marzo del corriente año.
  8. Incrementar el concepto 125 (Decreto 483/05) en una suma de $15 (pesos quince) remunerativa y bonificable a partir del 1º de septiembre del corriente año.
  9. Incrementar el concepto 125 (Decreto 483/05) en una suma de $40 (pesos cuarenta) remunerativa / bonificable a partir del 1º de diciembre del corriente año, quedando este concepto en la suma de $465 (pesos cuatrocientos sesenta y cinco), una vez deducido el valor de $50 (pesos cincuenta) indicado en el punto 5.
  10. Atento al pedido de las entidades gremiales en orden a que los salarios devengados le sean abonados a suplentes e interinos en tiempo y forma, el Ministerio de Educacion de la Ciudad de Buenos Aires se compromete a hacerlo efectivo en un plazo no mayor a 60 días y en consecuencia disminuír las demoras actuales generadas en las distintas partes del proceso administrativo. Para el cumplimiento de lo anterior se obliga a obtenerla derogación del Decreto 1206/2000, y ratificar la Resolución Ministerial Nº 6469/2009
  11. El aumento acordado es ad referéndum de la aprobación presupuestaria de la honorable legislatura.
  12. Ante la propuesta de los gremios referida a la estabilidad de los docentes interinos al 1º de abril de 2005 incluídos en la última ley de titularización, el Ministerio de Educación se compromete a analizar las distintas situaciones y entregar una propuesta sobre la estabilidad antes del 30 de noviembre de 2010.
  13. Ante la propuesta de los gremios referida a la estabilidad del personal de planta docente contratado, el Ministerio de Educación se compromete a analizar las distintas situaciones y entregar una propuesta para resolver la estabilidad de dichos docentes antes del 30 de noviembre de 2010

Las organizaciones sindicales recepcionan la presente propuesta ad referéndum de la aprobación de sus cuerpos orgánicos, a efectos de dar respuesta antes de las catorce horas del día viernes 26 de febrero de 2010.